Los requerimientos se libran luego de que la Sala Ad-hoc negara el antejuicio para los magistrados del TJE.
El Ministerio Público libró este lunes un requerimiento fiscal en contra de los dos magistrados del Tribunal de Justicia Electoral (TJE), Mario Flores Urrutia y Miriam Barahona, por la resolución a favor de la inscripción de dos candidatos a diputados por Olancho y Valle.
Los requerimientos se dan luego de que la Sala Ad-hoc que conocióla colicitud de antejuicio en contra de los magistrados declarara inadmisible la petición del Ministerio Público.
Ambos magistrados son acusados del delito de prevaricato judicial por “emitir resoluciones contrarias a la ley” y ordenar al Consejo Nacional Electoral (CNE) la inscripción de Jorge Cálix y Cristhian Adalid Villalobos como candidatos.
Según las investigaciones, Flores Urrutia fue recusado por un ciudadano, pero pese a ello participó en la resolución del caso, sin cumplir con el procedimiento legal que exige la formación de una pieza separada, la notificación del magistrado recusado y la convocatoria de un magistrado suplente.
Esta actuación, de acuerdo con el MP, carece de validez jurídica y constituye una violación expresa a la normativa del TJE.
El Ministerio Público también señala que ambos magistrados dictaron una sentencia definitiva el 28 de octubre, declarando con lugar los recursos y ordenando al CNE la inscripción inmediata de los ciudadanos, sin que el pleno estuviera debidamente integrado, ya que no se convocó al tercer magistrado propietario ni a un suplente.
Requerimiento contra magistrados es inconstitucional
Para el abogado constitucionalista, Juan Carlos Barrientos, el requerimiento “no es correcto” porque los magistrados tienen una protección constitucional, por lo que tienen que ser sometidos a juicio político.
Para ello, se debe promover la denuncia en el Congreso Nacional, que fue quien los eligió, y debe de ser aprobada por dos tercios de los diputados y después iniciar el juicio político.
“Requerir a estos magistrados violenta la autonomía y la independencia del órgano y crea un precedente de que el día de mañana no les parezca una sentencia ahí va a ir el MP a interponer requerimientos”, dijo en Detrás de la Noticia.
Asimismo, dijo que la acción de emitir un requerimiento “es incorrecta e inconstitucional”.
¿Qué sigue ahora después del requerimiento en contra de los magistrados del TJE?
Barrientos explicó que un magistrado de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) deberá conocer la causa, este será asignado por el pleno de la CSJ y no por la presidenta.
Este magistrado actuará como juez y será el encargado de decidir si admite o no el requerimiento. En caso de que lo admita procederán a una audiencia inicial para conocer la declaración de los imputados para continuar con el proceso.