Según la Fiscalía, dos policías fueron acusados por presuntamente haber golpeado a dos menores en el Día del Niño en Intibucá.
Dos funcionarios de la Policía Nacional son investigados por la Fiscalía Especial de Derechos Humanos debido a su supuesta implicación en la agresión contra dos niños menores de 12 años, ocurrida durante el Día del Niño en una escuela de Intibucá.
Los agentes fueron identificados como Yimy Arturo Méndez González y Cristian Alejandro García Sánchez, acusados por el supuesto delito de tratos crueles, inhumanos o degradantes cometidos por funcionario público.
De acuerdo con la investigación fiscal, los hechos ocurrieron el 10 de septiembre de 2025 en el Centro Básico José Cecilio del Valle, ubicado en la comunidad de Agua Caliente, municipio de San Francisco de Opalaca.
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Señalamientos de agresión durante actividad escolar
Según el expediente, alrededor de las 12:30 del mediodía los estudiantes fueron trasladados al campo de fútbol para continuar con las actividades recreativas. En ese momento, cuando los menores se encontraban a la orilla de la calle, pasó la patrulla policial número RPM-912, asignada a la posta de Monte Verde.
La investigación señala que, tras escuchar los gritos propios de la celebración, los agentes descendieron del vehículo y, sin mediar palabra, se dirigieron contra los niños.

El documento establece que Méndez González habría tomado del cuello a uno de los menores y le habría propinado una patada en el pecho y dos en el estómago, lo que le provocó dificultad para respirar y posterior desmayo. De forma simultánea, García Sánchez presuntamente golpeó en dos ocasiones en el pecho a otro menor.
Tras lo ocurrido, los niños fueron trasladados a la clínica de la comunidad para recibir atención primaria y luego remitidos al hospital de La Esperanza para evaluación médica.
Marco legal y posibles sanciones
El artículo 217 del Código Penal vigente (Decreto 130-2017) establece que incurre en el delito de tratos crueles, inhumanos o degradantes el funcionario público que, en el ejercicio de su cargo, cause un menoscabo a la integridad moral de una persona, sin que la conducta constituya tortura por su menor gravedad.
La normativa contempla penas de prisión de tres a seis años, además de inhabilitación absoluta de diez a quince años para el ejercicio de cargos públicos.
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