Expertos en derecho penal advierten que, las penas podrían escalar por continuidad delictiva, concurso de delitos y fraude agravado en caso Sedesol.
Si los tribunales aplican la ley en toda su dimensión, los acusados en el caso de la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) podrían pasar más de dos décadas en prisión.
No se trata de una exageración ni de una hipótesis política. Es el cálculo que hacen especialistas en derecho penal al revisar el expediente que investiga el uso irregular de fondos de Sedesol, un caso que involucra a funcionarios, exfuncionarios y beneficiarios de recursos públicos.
Entre los procesados figuran la diputada Isis Cuéllar, el exministro José Carlos Cardona y al menos una decena de personas más.
Para los expertos, el riesgo penal que enfrentan no depende solo de un delito, sino de una cadena de irregularidades que, sumadas, pueden convertirse en una condena histórica.
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Sedesol, de siete años… a más de veinte
Los juristas citan el artículo 364 del Código Penal, que establece que la pena por fraude puede agravarse en un tercio cuando el valor de lo defraudado supera cinco mil lempiras, cuando existen múltiples hechos delictivos o cuando los actos son cometidos por funcionarios públicos o por particulares, naturales o jurídicos involucrados en la operación.
Traducido a la calle: si el tribunal considera que el fraude no fue pequeño, que se repitió o que fue ejecutado desde una oficina pública, la pena sube.
Para los especialistas, eso es lo que vuelve a Sedesol un caso distinto a los expedientes comunes: no se trata solo de un delito posible, sino de la forma en que pudo haberse cometido.
Por eso abogados consultados coinciden en un punto: si el fraude se acredita, el rango base de pena podría ubicarse entre dos y siete años de prisión, dependiendo de la gravedad de los hechos y del monto defraudado.
Ese es el primer dato que importa, porque marca el umbral mínimo. Pero en el caso Sedesol, ese rango no necesariamente será el techo, porque la propia ley abre la puerta a aumentos cuando concurren agravantes específicas.
Continuidad delictiva: cuando el juez mira el patrón, no el hecho aislado
Aquí entra otra figura que los profesionales del derecho ponen sobre la mesa: la continuidad delictiva.
El Código Penal contempla esta posibilidad cuando el mismo delito se comete en varias ocasiones de forma reiterada, contra una misma víctima o contra distintas personas afectadas.
Para los juristas, esta figura importa porque el expediente no se define por un solo acto, sino por la sospecha de una práctica repetida.
Si el juez concluye que hubo una conducta continuada, un patrón, el caso deja de parecer una irregularidad y empieza a parecer un mecanismo. Y eso, en términos de castigo, pesa.

El monto total y el tiempo: dos factores que el tribunal no puede ignorar
Sedesol no se decide solo por el tipo penal. Se decide también por lo que, según otros profesionales del derecho, el tribunal debe valorar al final: el monto total de fondos usados irregularmente y el tiempo durante el cual se habría cometido el ilícito.
Ambos factores influyen en la severidad de la pena, porque muestran dimensión y persistencia.
No es lo mismo un hecho puntual que un esquema prolongado, ni es lo mismo una cifra mínima que un volumen de recursos capaz de alterar programas sociales.
Uno de los puntos más incómodos y más importantes que subrayan juristas en este caso es que la responsabilidad no se agota en los funcionarios señalados.
“También puede alcanzar a las personas que recibieron fondos públicos y los usaron de forma indebida”, explicó Kenneth Madrid.
Por qué este caso se volvió una marca en Honduras
Sedesol sigue bajo análisis del Ministerio Público y, para abogados consultados, se perfila como uno de los procesos más complejos del país en materia de corrupción y uso irregular de fondos públicos.
“Estamos ante un show político”, afirma de forma tajante el abogado Fernando González. A su juicio, el país necesita algo más que discursos y confrontaciones mediáticas: necesita conocer la verdad sobre lo ocurrido.
“El pueblo hondureño merece saber qué pasó con esos recursos, porque ese dinero no era de nadie en particular, era del pueblo y debe regresar al pueblo”, sostiene.
Por eso es clave cómo se castiga el uso del dinero social cuando la sospecha es que terminó sirviendo a otros fines.
Y ahí está el punto humano que no se puede perder: cada lempira cuestionado era dinero que debía sostener programas para gente que no tiene margen de pérdida.
En un país donde la pobreza y la desigualdad no son estadísticas frías sino rutina, el desvío de fondos sociales no es un daño abstracto: es un golpe directo.
Pero el mensaje de fondo va más allá de la matemática penal. Si el caso se juzga a plenitud dicen los juristas, Honduras no solo estará dictando sentencia contra personas: estará decidiendo si el dinero público tiene dueño… o si por fin tiene consecuencias cuando se traiciona su propósito.
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