Por estos motivos el decreto para instalar la CICIH presenta fallas legales

Por estos motivos el decreto para instalar la CICIH presenta fallas legales

El Congreso Nacional dejó publicado un decreto que permite la instalación de la CICIH en Honduras, pese a no tener un convenio con la ONU.

El decreto 48-2025, publicado por el Congreso Nacional de la administración anterior para dar vida a la Comisión Internacional contra la Corrupción y la Impunidad en Honduras (CICIH), enfrenta serios cuestionamientos legales y constitucionales, según analistas y expertos en derecho.

La normativa fue enviada a publicación en el diario oficial La Gaceta el 22 de enero, último día del período legislativo 2022-2026.

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La ley, integrada por ocho artículos, establece que la CICIH tendría personalidad jurídica como acusador privado, con facultades para presentar requerimientos fiscales, una vigencia de cinco años y financiamiento con fondos nacionales. Además, asigna al fiscal general la acreditación de sus miembros como querellantes.

No obstante, uno de los principales señalamientos es que el decreto fue aprobado y publicado sin que existiera un convenio formal con la Organización de las Naciones Unidas (ONU), instancia que sería la encargada de enviar y respaldar la comisión internacional.

Entre Honduras y la ONU únicamente existió un memorándum de entendimiento, cuya última prórroga venció el 15 de diciembre de 2025.

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Decreto tiene vicio de inconstitucionalidad

El analista político, abogado Kenneth Madrid advirtió que el decreto adolece de vicios de inconstitucionalidad, al no haber sido discutido ni aprobado conforme a los procedimientos legislativos establecidos. A su criterio, esto abre la puerta a la presentación de recursos de inconstitucionalidad.

“Es un decreto que prácticamente está reformando la Constitución de la República”, señaló Madrid, al cuestionar que el Congreso haya creado un mecanismo internacional sin que exista una decisión formal de Naciones Unidas para instalarlo en el país.

Otro de los puntos críticos es que el decreto establece que la CICIH tendría intervención en contratos, lo cual, según el abogado, mezcla indebidamente funciones penales con asuntos administrativos.

“Las acciones penales se refieren a delitos, no a contratos. En general, el decreto es un desastre”, afirmó.

Asimismo, el documento hace referencia a la figura de “querellante autónomo”, una categoría que no existe en el Código Procesal Penal hondureño, lo que implicaría una reforma indirecta a esa normativa sin el debido proceso legislativo.

Congreso actual deberá derogar el decreto

Ante este panorama, Madrid consideró que, de no presentarse recursos de inconstitucionalidad, el nuevo Congreso Nacional debería derogar el decreto, al considerar que no aporta soluciones reales a la lucha contra la corrupción.

También instó a las bancadas legislativas a alcanzar consensos para crear una comisión anticorrupción, incluso de carácter nacional, siempre que se respete el marco constitucional.

¿Qué es la CICIH?

La CICIH es una propuesta para establecer un organismo independiente e internacional para combatir la corrupción y la impunidad en Honduras.

Sin embargo, su instalación requiere previamente la reforma del artículo 232 de la Constitución, que define las atribuciones exclusivas del Ministerio Público en el ejercicio de la acción penal pública.

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